El Supremo ordena proveer de equipos de protección al personal sanitario

La Confederación Estatal de Sindicatos Médicos (CESM) realizó un requerimiento al inicio del Estado de Alarma.
photo_camera La Confederación Estatal de Sindicatos Médicos (CESM) realizó un requerimiento al inicio del Estado de Alarma.
El acuerdo del Alto Tribunal llega como consecuencia del requerimiento que realizó la Confederación Estatal de Sindicatos Médicos (CESM) al inicio del Estado de Alarma.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha acordado requerir al Ministerio de Sanidad la adopción «de todas las medidas a su alcance para que tenga lugar efectivamente la mejor distribución de los medios de protección de los profesionales sanitarios», y que informe quincenalmente a este órgano de las medidas adoptadas para el efectivo cumplimiento de esta orden

El acuerdo del Alto Tribunal llega como consecuencia del requerimiento que realizó la Confederación Estatal de Sindicatos Médicos (CESM) al inicio del Estado de Alarma.

La CESM recurrió contra la que considera inactividad del Ministerio de Sanidad por incumplir el artículo 12.4 del Real Decreto 463/2020, que declara el estado de alarma. Ese incumplimiento consistiría en no haber suministrado a los centros hospitalarios y asistenciales batas impermeables, mascarillas FPP2, FPP3, gafas de protección, calzas específicas y contenedores grandes de residuos. En este sentido, considera que se ha vulnerado el derecho fundamental a la integridad física y el derecho a la protección de la salud de los profesionales sanitarios.

La información quincenal del Ministerio debe incluir los medios puestos a disposición de los profesionales sanitarios, su distribución entre las Comunidades Autónomas y la que éstas efectúen.

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