Infancia "trans" y vientres de alquiler: dos intentos antidemocráticos de legislación en España

Manifestación feminista el pasado 22 de octubre en Barcelona I LFDLM
photo_camera Manifestación feminista el pasado 22 de octubre en Barcelona I LFDLM

Una instrucción interna del ejecutivo socialista en solitario, que desdice la actual ley trans 3/2007, fue el primer paso para permitir el cambio de sexo y la autodeterminación de género de menores

El 23 de octubre de 2018 se emitió una instrucción de la Dirección General de Registro y Notariado perteneciente al ministerio de justicia, mediante la cual se permitía por primera vez que los menores cambiaran su nombre en el registro civil para adecuarlo a su “sexo sentido”, simplemente con expresar su deseo de hacerlo. Es decir, en 2018 se dio el primer paso para instaurar legalmente la autodeterminación de género entre los menores.

Cabe recordar que, en octubre de 2018, el gobierno de España lo ocupaba en Partido Socialista en solitario, después de la exitosa moción de censura de junio de 2018. Por aquél entonces, Pedro Sánchez era presidente, Carmen Calvo era vicepresidenta del gobierno y ministra de igualdad y Dolores Delgado, ex fiscal general del Estado, era ministra de Justicia y que Podemos aún no formaba parte del gobierno. El poderoso notario madrileño Pedro Garrido Chamorro fue nombrado entonces director general de esa dirección y fue quien firmó la instrucción

La instrucción de 23 de octubre de 2018 va contra lo dispuesto en la ley 3/2007, de 15 de marzo, reguladora de la rectificación registral de la mención relativa al sexo de las personas, la actual “ley Trans” vigente en España y aprobada por las cortes el 15 de marzo de 2007, que estipula en su art.1 que sólo podrán cambiar el sexo registral las personas mayores de edad que cumplan los requisitos que exige la propia ley.

A través de la instrucción de 23 de octubre de 2018, que nadie ha votado y que se equipara a un “decretazo” del propio ministerio, se establece exactamente lo contrario de lo que indica la ley de 2007, y literalmente recoge “que se realiza la instrucción para que las personas que no cumplan con los requisitos establecidos en la ley 3/2007, puedan igualmente cambiar su nombre registral para adecuarlo a su sexo sentido, solo con expresar su voluntad de hacerlo.

Específicamente la instrucción se refiere a los menores de edad, a los que se les permite cambiar su nombre masculino o femenino, por el contrario, siempre que lo soliciten sus padres y la solicitud vaya firmada por el menor si tiene más de 12 años.

Carátula de la instrucción de 23 de octubre de 2018 publicada en el BOE  l  Archivo
Carátula de la instrucción de 23 de octubre de 2018 publicada en el BOE l Archivo

Por tanto, vemos como en la instrucción de 23 de octubre de 2018 encontramos el germen de lo que ahora se pretende aprobar en la nueva propuesta de “Ley Trans en cuanto a los menores a partir de 12 años se refiere. En realidad, éstos menores ya pueden cambiar su nombre registral desde 2018, gracias a esta instrucción emitida por el ministerio de justicia.

Instrucción provisional hasta que llegara la nueva ley

De hecho, en notas de prensa de aquellas fechas en publicaciones especializadas jurídicas, como la noticia publicada en la revista de notarios Notin el 24 de octubre de 2018, donde podemos encontrar cómo desde el ministerio de justicia expuso cuál era el objetivo de instrucción:

 “Mientras se apruebe la ley que modifique la materia actualmente en tramitación y permita el cambio de la constancia registral del género sentido mediante la simple expresión de la voluntad de formalizar dicho cambio por el sujeto, incluso siendo el mismo menor de edad, la Dirección General de los Registros y del Notariado considera necesario revisar el sentido que tiene la normativa vigente y la interpretación y la aplicación que se debe dar a la misma”.

En otra nota de prensa del propio gabinete de La Moncloa del 24 de octubre de 2018 exponen igualmente que esta instrucción es una medida transitoria hasta que se apruebe una ley que establezca la autodeterminación se sexo de las personas mediante su mera voluntad y permita el cambio se sexo registral incluso de los menores.  Así se recoge en esta comunicación pública de La Moncloa de fecha 24 de octubre de 2018:

                “Su entrada en vigor supone una medida transitoria mientras se tramita en el Parlamento la reforma de la Ley 3/2007, cuya aprobación extendería la posibilidad de rectificar la mención registral relativa al sexo a los menores de edad.

Texto del art. 2 de la instrucción referida específicamente a los menores.  l  Archivo
Texto del art. 2 de la instrucción referida específicamente a los menores. l Archivo

El mismo instrumento que permite los vientres de alquiler para españoles

No es la primera ocasión en la que a través de instrucciones internas de esta dirección general del ministerio de justicia llamada de Registro y Notariado hasta enero de 2020, cuando se decidió el cambio de nombre de la misma por la de Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, se altera de manera totalmente antidemocrática el ordenamiento jurídico de nuestro país.

La Dirección de registro y Notariado, entre sus principales funciones tiene la del control del Registro Civil y de todas las inscripciones que en él se realizan, incluso en los consulados de España en el Extranjero.

Por eso, es de nuevo esta dirección general la que emitió el 5 de octubre de 2010 la instrucción por la que se permiten en España la inscripción de menores adquiridos en el extranjero a través de vientres de alquiler en los consulados de España.

De nuevo un ejemplo de cómo a través de esa dirección general y de la utilización del registro civil, se va en contra de las leyes establecidas, en este caso del art. 221 del código penal, del art. 10 de la Ley de Reproducción humana asistida, de otros muchos preceptos legales y de la doctrina del Tribunal Supremo que prohíben los vientres de alquiler.  En aquel entonces gobernaba el presidente Zapatero, era ministro de justicia Francisco Caamaño y Mercedes Alcalá fue quien firmó esa instrucción como directora general.

Intento de legalización de la explotación reproductiva en 2019: misma persona misma vía

Y en la misma materia de vientres de alquiler, hay que señalar que fue el mismo Pedro Garrido como director general quien en febrero de 2019 pretendió sustituir esa instrucción de 2010 por otra que legalizada de facto los vientres de alquiler para españoles siempre que se presentara una prueba de ADN o la renuncia de la madre.

Una instrucción que tenía 20 páginas, que no parece que se hubiera podido preparar de improviso y que llegó a todas las embajadas y consulados de España en el exterior, y de la que la ministra Dolores Delgado dijo no saber nada. Se procedió a su anulación en 24 horas, pero se dejó vigente la de 2010, con lo cual, la puerta a la explotación reproductiva sigue abierta.

En aquella primera mitad del poco más de años y medio que gobernó Pedro Sánchez en solitario, con Carmen Calvo como vicepresidenta y ministra de igualdad encontramos otro ejemplo de ministra desinformada cuando en agosto de 2018 la dirección general de trabajo legalizó el sindicato de la prostitución “OTRAS”, y Magdalena Valerio, entonces ministra de trabajo hoy recién nombrada presidenta del Consejo de Estado, dijo no saber nada con aquella famosa frase de “el gol por la escuadra”.

Ahora en plena tramitación del nuevo proyecto de “Ley Trans”, el Partido Socialista parece que pretende tomar unas medidas cosméticas en cuanto a los menores en lo que a la autodeterminación de género se refiere, pero lo cierto es que desde 2018 los niños y niñas pueden cambiar su nombre en el registro, sólo con su voluntad. Ahora también podrán cambiar el sexo, tal y como el propio ministerio de justicia ya preveía en 2018.

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