La Generalitat está a punto de reformar un decreto que obligará a los Mossos con discapacidad a volver a ejercer como policías – a pesar de que un tribunal médico recomiende lo contrario – o a abandonar el cuerpo
Los sindicatos policiales vuelven a estar en “pie de guerra” contra el Departamento de Interior. La Generalitat de Catalunya, a instancias del conseller Joan Ignasi Elena, está a punto de reformar el Decreto 246/2008 que regula la segunda actividad de los Mossos d’Esquadra.
Esta reforma, según alerta USPAC, supondrá “el retroceso más grave de la historia” en relación con los derechos de todos aquellos mossos que tengan reconocida alguna incapacidad permanente total (IPT). Es decir, en relación con todos aquellos agentes que, por enfermedad, lesión en acto de servicio o experiencia traumática, hayan sido diagnosticados con una IPT y apartados, por un tribunal médico, de las funciones de policía.
O vuelves sin pensión o te vas
Hasta ahora, explica USPAC en un comunicado, los compañeros con IPT eran recolocados como técnicos de apoyo no policial (TSNP, en sus siglas en catalán). Pudiendo mantener la pensión del 55% que el Instituto Nacional de Seguridad Social (INSS) ofrece a cualquier funcionario en estas condiciones. Con la reforma, sin embargo, los agentes reconocidos con una IPT deberán escoger entre: volver a ser policía – a pesar de que un tribunal médico recomiende lo contrario – sin la pensión, o abandonar el cuerpo.
“Se está obligando a agentes con lesiones, traumas y enfermedades que vuelvan a ejercer como policías, cuando muchos de ellos no lo hacen porque un tribunal médico los apartó hace años. Ahora o vuelven a ejercer como policías o se van del cuerpo” lamenta Albert Palacio, portavoz de USPAC.
Esta reforma, por supuesto, afecta también a compañeros como el agente que abatió a los terroristas en Cambrils (Tarragona) y que sigue diagnosticado con un severo trastorno postraumático.
No hay plazas suficientes para la segunda actividad
En este sentido, Palacio ha aprovechado para insistir en el hecho de que no existen suficientes plazas para acoger a todos los agentes que piden segunda actividad y todos los que lo harán en los próximos años. Esta condición puede aplicarse a todos los agentes que superen los 57 años o, en casos concretos, a aquellos que presenten alguna lesión psicofísica.