¿Quién debe resarcir a las víctimas del atentado de Las Ramblas?

La furgoneta utilizada en el atentado, tras éste.
photo_camera La furgoneta utilizada en el atentado, tras éste.
Un informe del Observatorio de Seguridad vial concluye que es la compañía de seguros de la furgoneta usada por los terroristas la que debe responder a la indemnización de las víctimas.

«Las víctimas del atentado de Barcelona deben ser indemnizadas por las lesiones y/o daños sufridos por cuenta de la aseguradora del vehículo que causó los daños o perjuicios». De esta forma, inequívoca y taxativa, se pronuncia el Observatorios de Seguridad vial, a pocas semanas del inicio del juicio por los atentados de Las Ramblas y Cambrils del 17 de agosto de 2017.

El informe, que cita abundante jurisprudencia del Tribunal Supremo (TS), identifica las razones técnicas y jurídicas por las que ha de ser la compañía de seguros quien page las indemnizaciones a unas víctimas —las familias de los 16 fallecidos y a los 140 heridos— que, por otro lado, se sienten desamparadas y desprotegidas por parte de la administración.

«Acción directa contra la aseguradora»

Por ejemplo, el informe que obra en poder de eltaquigrafo.com cita, a modo de recordatorio, el artículo 76 de la Ley del Contrato de Seguro, que establece que «el perjudicado o sus herederos tendrán acción directa contra la aseguradora para exigirle el cumplimiento de la obligación de indemnizar, sin perjuicio del derecho de la aseguradora a repetir contra el asegurado, en caso de que sea debido a conducta dolosa de éste, el daño o perjuicio causado al tercero. La acción directa es inmune a las excepciones que puedan corresponder al asegurador contra el asegurado».

La finalidad del sistema es que el asegurado que actúe dolosamente nunca se verá favorecido, pero la víctima tampoco se verá perjudicada, concluye el informe.

El juicio ya tiene fecha: 10 de noviembre

Esta reflexión jurídica cobra actualidad e importancia a pocas semanas del inicio del juicio. Porque el juicio por los atentados terroristas del 17 de agosto de 2017 en Barcelona y Cambrils ya tiene fecha de inicio. La Audiencia Nacional ha señalado para el próximo 10 de noviembre el inicio del juicio, que se celebrará en la sede que el Tribunal tiene en San Fernando de Henares (Madrid).

Durante el proceso se determinará el grado de participación de los tres acusados, quienes se enfrentan a sendas peticiones fiscales de entre ocho y 41 años de prisión por su papel en la célula terrorista. El objetivo de las acusaciones será intentar que los tres acusados respondan, también, por los heridos y asesinados durante los atropellos terroristas, decisión a la que, de momento, se han opuesto los jueces, al entender que ninguno de los tres conocía los planes que miembros de la célula que acabaron siendo abatidos por los Mossos improvisaron tras perder el explosivo que preparaban en el chalé de Alcanar (Tarragona).

Para Houli y Driss las penas más duras

Se sentarán en el banquillo, Mohamed Houli Chemlal, superviviente de la explosión en el chalé de Alcanar; Driss Oukabir, a cuyo nombre se alquiló la furgoneta utilizada en Las Ramblas; y Said Ben Iazza, quien presuntamente prestó a la célula una furgoneta frigorífica en la que transportar el peróxido de hidrógeno que precisaban para fabricar los precursores de los explosivos.

Para los dos primeros la Fiscalía de la Audiencia Nacional pide 41 y 36 años de prisión, respectivamente, por los delitos de integración en organización terrorista, fabricación, tenencia y depósito de sustancias explosivas, y conspiración para el delito de estragos terroristas; y para el tercero, solicita ocho años de cárcel por colaboración con la célula.

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