La sentencia en el caso de acoso contra Paula Bonet ha sido anulada por la audiencia provincial de Barcelona, al estiimar el recurso de apelación presentado por la Fiscalía, que considerba a que no se había probado suficiente la condicción de inimputable" del acusado debido a su enfermedad mental y que conllevó la aplicación de una eximente y, por tanto, de una rebaja de la pena.
Justificación deficiente
Según la sentencia de la sección tercera de la Audiencia Provincial de Barcelona que estma el recurso de apelación, la sala conidera que "la sentencia presenta un déficit de valoración" y que no se justifica que se le aplicara al acosador una eximente de inimputablidad por enfermedad mental, ya que no se han provado según la sala, los criterios objetivos exigidos.
La aplicación de la eximente que le permitió eludir la prisión
A efectos prácticos, la sala ha ordenado que se revisen la pruebas que llevaron al juzgado de lo penal nú. 10 de Barcelona a declarar al acusado inimputable y que permitió que se le aplicara una medida alternativa a la prisión, que fue ingresar en un centro psiquiátrico.
Con esta nueva revisión, podría no aplicarse esta eximente y el acosador de Paula Bonet podría cumplir u condena en priisión.