La Audiencia de Barcelona ha dado a conocer esta mañana la sentencia condenatoria de tres años de prisión para Manuel Bustos, exalcalde socialista de Sabadell, por una de las piezas del caso Mercurio. En el auto, el juez ordena su ingreso en prisión en menos de un mes para cumplir con la pena impuesta por el tribunal por dos delitos de tráfico de influencias, cada uno de ellos castigado con 18 meses de cárcel.
En esta pieza en concreto, la número 30 de la macrocausa por corrupción urbanística, se investigó las presiones de Bustos para que la policía local de Sabadell retirara unas multas de aparcamiento a su mujer e hijo.
La estrategia de la defensa tras conocer la decisión del tribunal fue solicitar la suspensión de la pena alegando que se trataba de una primera condena y de que su cliente presentaba problemas de salud. No obstante, la Audiencia de Barcelona ha ratificado la sentencia del Tribunal Supremo y ha aclarado que “sin duda el ámbito carcelario puede no ser el mejor lugar para la cura de enfermedades, ahora bien, ello no significa que instituciones penitenciarias no cuente con un fuerte soporte de asistencia médica que permita tratar todo tipo de dolencias”.
El tribunal tampoco ha aceptado evitar la entrada del exalcalde bajo el pretexto de que se trata de una condena por un delito de “escasa gravedad” y recuerda que el tráfico de influencias es un delito de corrupción que supone un “descrédito” para la administración pública.
Más procedimientos en curso
En el fallo también puede leerse que Bustos todavía tiene pendientes otros procedimientos en curso como la pieza que investiga supuestas contrataciones irregulares en el Consorcio de Residuos del Vallès Occidental y el Área Metropolitana de Barceloan (AMB), así como las supuestas irregularidades en la concesión del contrato de recogida de residuos y limpieza a Smatsa.
Segunda condena
Esta sentencia se suma a otra resolución firme por otra pieza del caso Mercurio, la número 5, y por la que Bustos fue condenado a un año y cuatro meses de prisión, y a cuatro de inhabilitación, por tráfico de influencias en el Ayuntamiento de Montcada i Reixac al nombrar a dedo a un alto cargo. Por esta causa, el exalcalde no llegó a entrar en prisión porque no tenía antecedentes y se trataba de una pena inferior a dos años.