Crimen Guardia Urbana: el Supremo hunde a Rosa Peral y Albert López

El TS avala, en este sentido, que ambos condenados “trazaron un plan para matar a la víctima” mientras éste “estuviera dormido o descansando”.   /   Imágenes de archivo
photo_camera El TS avala, en este sentido, que ambos condenados “trazaron un plan para matar a la víctima” mientras éste “estuviera dormido o descansando”. / Imágenes de archivo
Con esta sentencia, la Sala desestima los recursos interpuestos por los dos acusados contra la sentencia del TSJC que confirmó la dictada previamente por la Audiencia de Barcelona, que les condenó a 25 y 20 años de prisión por el asesinato con alevosía de Pedro Rodríguez

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha confirmado las penas de 25 y 20 años de prisión para los exagentes de la Guardia Urbana de Barcelona Rosa Peral y Albert López, respectivamente. A ambos se les acusa de asesinar a Pedro Rodríguez, otro policía del mismo cuerpo, pareja sentimental de Peral cuando sucedieron los hechos, la madrugada del 2 de mayo de 2017 en Vilanova y La Geltrú (Barcelona).

Con esta sentencia, la Sala desestima los recursos de casación interpuestos por las defensas de ambos condenados contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya que confirmó la previamente dictada por un Tribunal del Jurado de la Audiencia Provincial de Barcelona, que les impuso la citada pena por un delito de asesinato con alevosía. A la agente se le impuso una pena más alta (25 años) al aplicar también la circunstancia agravante de parentesco.

Trazaron un plan para matar a Pedro Rodríguez

El TS avala, en este sentido, que ambos condenados “trazaron un plan para matar a la víctima” mientras éste “estuviera dormido o descansando”. Así es como, según consta en la sentencia, el 2 de mayo de 2017, a altas horas de la madrugada, Peral y López mataron a Pedro Rodríguez de forma violenta en la planta baja de la vivienda que el fallecido compartía con su pareja (Rosa Peral) en una urbanización entre Cubelles y Vilanova y la Geltrú.

El escrito también recoge que, tras el crimen, los dos de mutuo acuerdo “utilizaron el teléfono móvil de la víctima varias veces para fingir que hacía su vida con normalidad y llevaron el terminal en funcionamiento, para que delatara su posicionamiento geográfico, a las inmediaciones del domicilio del exmarido de Rosa, con el que ésta mantenía un relación muy conflictiva, con el propósito de involucrarle”.

La prótesis de la víctima les delató

Sin embargo, queda probado que “los dos agentes introdujeron el cuerpo de la víctima en el maletero del coche, propiedad del guardia urbano asesinado, y le prendieron fuego en el área del pantano de Foix”. Los restos del cuerpo, totalmente calcinado, imposibilitaron saber con exactitud las circunstancias exactas en las que se produjo la muerte de Pedro Rodríguez. Fue la prótesis que llevaba en la espalda la que pudo confirmar la identidad de la víctima, apuntando directamente como principales sospechosos a su entonces pareja, Rosa Peral, y su presunto amante, Albert López.

La Sala también expone en este sentido que, a pesar de las muchas dificultades que presenta el caso, en especial “por las versiones contradictorias de los dos acusados, que se atribuyen recíprocamente la ejecución material del crimen”, también existen otros “extremos inobjetables” como son que “la muerte se produjo en el interior del domicilio de la acusada y no como consecuencia del fuego”.

Avala también la aplicación de la alevosía

En su sentencia, ponencia de la magistrada Ana Ferrer, la Sala avala la aplicación de la modalidad de la alevosía convencional o doméstica, la que se deriva del quebranto de la atmósfera de confianza que rige en el propio hogar. En el caso en cuestión, el tribunal afirma que “los lazos que a la fecha de los hechos vinculaban a Pedro y Rosa, a razón de los cuales aquel pernoctaba en el domicilio de aquella, avalan que el mismo tuviera desactivadas las alertas respecto a un eventual ataque contra su vida, aún más cuando en el piso de arriba dormían dos menores”.

Afirma que aprovecharon para actuar un momento en el que su vulnerabilidad era aún mayor, toda vez que esperaron a que se encontrara «dormido o descansando», “situación en la que las posibilidades de desplegar una defensa eficaz ante cualquier acción violenta se desvanecen”.

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