Crimen GUB: el TSJCat tumba los recursos de apelación de ambas defensas

Rosa Peral y Albert López durante la visita del jurado popular al inmueble de la acusada   /   Imagen de Archivo
photo_camera Rosa Peral y Albert López durante la visita del jurado popular al inmueble de la acusada / Imagen de Archivo
La sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha ratificado las condenas de 25 y 20 años de prisión para Rosa Peral y Albert López, respectivamente, por el mediático y popular ‘crimen de la Guardia Urbana’

Tras cerca de dos meses de incertidumbre, la sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJCat) ha desestimado los recursos de apelación, presentados por Rosa Peral y Albert López, contra la sentencia del conocido 'crimen de la Guardia Urbana'. De este modo, la sala de apelaciones ratifica las penas de 25 y 20 años de prisión, respectivamente, por la muerte del guardia urbano Pedro Rodríguez, cuyos restos fueron hallados en el maletero de su coche, totalmente calcinado y abandonado en una pista forestal del pantano de Foix (Barcelona).

Tanto Peral como López han sido considerados por el TSJCat, como ya lo hizo la Audiencia de Barcelona, coautores responsables de un delito de asesinato con alevosía, al quedar constatada su participación premeditada en la muerte de quien era pareja de Rosa Peral en el momento de los hechos, en mayo de 2017. La sentencia concluye que los indicios sobre su coautoría son “abundantes” y tumba uno a uno los argumentos esgrimidos por las defensas para que se revocara la condena.

Según el TSJCat, los indicios analizados por el jurado popular "desmienten" las versiones exculpatorias de ambos acusados: Rosa Peral atribuyó su participación como encubridora por un 'miedo insuperable' hacia Albert López, que, por su parte, alegó que ella le dominaba y que le hacía actuar como un "autómata".

Actuación conjunta y premeditada

"Cada acusado aporta elementos incriminatorios del otro sin duda para generar dudas acerca de quién mató a Pedro. No obstante, los abundantes indicios…nos llevan de forma inexorable a una actuación conjunta por parte de ambos", concluye el TSJC, que reconoce que el jurado popular se encontró con un "gran problema" a la hora de motivar los actos "concretos" que realizó cada uno de ellos "para acabar con la vida de Pedro".

"Con independencia de quién propinara los golpes a Pedro, lo cierto es que ha quedado probado que ambos acusados se concertaron para darle muerte, concierto que abarcó el intento de imputación de otra persona ajena a los hechos”.

Las defensas pedían la anulación de la sentencia

Las defensas de ambos acusados, motivando argumentos totalmente opuestos, coincidieron durante la vista de apelación en exigir la anulación de la sentencia y la repetición del juicio, básicamente por la falta de motivación del veredicto dictado por el jurado popular que los juzgó, al tenerse en cuenta pruebas referenciales que carecen de peso y objetividad, según las defensas, para convertirse en pruebas acusatorias y ser la base sólida del veredicto.

Con la revocación de todos los argumentos ofrecidos por las defensas, el TSJC confirma en todos sus extremos la sentencia de la Audiencia provincial de Barcelona que condenó el pasado mes de mayo a Peral y López por la muerte de Pedro Rodríguez al llegar a la conclusión de que la víctima "por diversas razones obstaculizaba su relación y situación".

La sentencia, fechada a 30 de noviembre, está firmada por los magistrados Javier Hernández García, María Jesús Manzano Meseguer y Roser Bach Fabregó.

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