La Audiencia de Barcelona ha condenado al inspector de los Mossos d’Esquadra, Jordi Arasa, a dos años y cuatro meses de prisión y a la suspensión de cargo público por las cargas policiales perpetradas en la acampada de indignados del 15-M en la plaza de Catalunya, de Barcelona, el 27 de mayo de 2011.
Se le condena por dos delitos de lesiones a un año y dos meses por cada uno. Además, deberá indemnizar a las víctimas con 1.500 euros por las heridas causadas y se le suspenderá de cargo público durante el tiempo de la condena.
La sentencia llega nueve años después
La condena se ha conocido este martes, nueve años después de los hechos, y en ella se absuelve al mando de la Policía autonómica de dos faltas de lesiones y del delito contra la integridad moral. Sin embargo, el Tribunal considera que el acusado tuvo una actuación «injustificada» durante el desalojo, porque «no actuó ante una situación de riesgo para proteger ningún bien jurídico ni se lo podía representar así de ninguna manera».
El fallo judicial sostiene que la actuación de los Mossos «tenía como objetivo posibilitar la entrada y salida de los camiones de la limpieza y para ello, en ningún caso, está justificado golpear a ninguna persona, salvo que esta última ponga en peligro algún bien jurídico que justifique de algún modo la conducta del agente», pero señala que «no pasó nada de eso en los casos juzgados».
El histórico responsable del cuerpo, jefe del grupo antidisturbios de Barcelona, se vio en el banquillo de los acusados para responder de las lesiones que recibieron cinco de los acampados durante la operación policial conjunta entre los Mossos y la Guardia Urbana para limpiar la plaza.
Recurso ante el Supremo
La defensa de Arasa puede ahora recurrir esta sentencia presentando un recurso ante el Tribunal Supremo (TS). El subinspector de los Mossos ya fue condenado en 2014 por las mismas actuaciones, donde fue golpeado David Fernández, que después fue diputado por la CUP en el Parlamento de Catalunya.
Otro caso
Este mismo martes, la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha confirmado la pena a un año de prisión y la suspensión de sus funciones a Iván P.S., el agente de los Mossos d'Esquadra que grabó a diecisiete compañeras suyas dentro del vestuario, en una comisaría de Badalona.
De este modo, el Supremo ha desestimado los dos motivos del recurso de casación interpuesto por el agente condenado, a quien la Audiencia Provincial de Barcelona ya declaró autor de diecisiete delitos consumados y revelación de secretos con el atenuante de confesión, al reconocer los hechos durante el juicio celebrado el año 2018. Además, ya había abonado previamente 68.000 euros como indemnización para las víctimas (4.000 euros por cada una de ellas).
Por otra parte, queda suspendido de su trabajo y se le retira la licencia de policía. De esta manera, el TS ha desestimado los recursos de su defensa y confirma la sentencia dictada.