Nuevo varapalo al Ayuntamiento Barcelona en su cruzada recaudadora contra los locales de ocio y restauración en la ciudad.
El juzgado contencioso-administrativo número 2 ha anulado el expediente sancionador que ha firmado el presidente-concejal del distrito de Sant Martí contra un bar a cuyo propietario castigó con el cierre del establecimiento durante el periodo de 181 días.
Según la inspección de la guardia urbana el bar, con licencia para la apertura a las 6 de la mañana, durante tres días, abrió la persiana con 30 y 40 minutos de antelación. Este hecho, a ojos de los responsables municipales es constitutivo de una infracción muy grave.
Desproporción inadmisible
Contra esta resolución administrativa el despacho jurídico de la entidad Fecalon (Asociación de locales y patronal de ocio de Barcelona), presentó el pertinente recurso que ahora ha sido dirimido por la justicia.
El tribunal ha anulado la sanción por desproporcionada. El tribunal no niega que el denunciado haya abierto el establecimiento unos minutos por encima de la hora estipulada pero sentencia que toda sanción ha de ser proporcionada y, la que nos ocupa, no es una vulneración “muy grave” como así lo ha tildado el ayuntamiento.
Otras sanciones
Dice el juzgado que la ley permite un elenco de sanciones “no tan gravosas y desproporcionadas” y que provocan un menor perjuicio económico para los establecimientos.
La sentencia habla de adelantar una hora el cierre del local o de la imposición de multas, siempre proporcionadas. Por esa falta de rigor y por una cierta ligereza o automatismo para sancionar, el juzgado estima la demanda del propietario del establecimiento y deja sin efecto la sanción municipal.
No sólo eso, deja los hechos sin castigo ya que “ese no es el cometido del tribunal” e imputa al ayuntamiento las costas procesales.