El sistema judicial prevé recibir una «avalancha» de asuntos pendientes cuando se restablezca la actividad judicial y se levante el estado de alarma. Por ello, para estar preparados cuando llegue ese momento —aún por conocer— el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ya anunció la semana pasada la creación de un «plan de choque» que evite el colapso del sistema y permita agilizar, así, la resolución de todos aquellos asuntos cuya demora pueda incidir, más negativamente, en la recuperación económica y en la atención de los colectivos más vulnerables.
Este lunes, se conocieron las medidas de las que iba a contar dicho plan, el cual depende en buena parte de la aceptación de las propuestas por parte del Ministerio de Justicia, a quien se le entregará el texto de forma inmediata para contribuir al plan de agilización de la actividad judicial previsto en la disposición adicional décimo novena del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente a la COVID-19. También se dará traslado del mismo documento a los presidentes de los Tribunales Superiores de Justicia, a las asociaciones judiciales y a los operadores jurídicos, en todos los casos como documento inicial de trabajo, sometido a debate y a la realización de cuantas aportaciones resulten pertinentes.
Facilitar el trabajo a jueces y magistrados
El principal objetivo, más allá del de minimizar las consecuencias negativas de las demoras judiciales, es «proporcionar a los jueces y magistrados un escenario fiable para la vuelta a la normalidad, con mecanismos que les permitan afrontar con menor dificultad el incremento de las cargas de trabajo al que tendrán que hacer frente», según se describe en el texto.
El documento, conocido como «plan de choque», incluirá un centenar de medidas —algunas de ellas comunes, con incidencia en todos los órdenes jurisdiccionales, y otras específicas para cada uno de éstos— que irá complementado con otros documentos de trabajo que incluirán propuestas en los siguientes ámbitos: solución extrajudicial de conflictos, protección a los colectivos más vulnerables, medidas tecnológicas y formación de la Carrera Judicial.
En total, el grueso del documento se divide en cinco bloques, según las órdenes jurisdiccionales: medidas comunes de carácter general, medidas en el orden jurisdiccional civil, medidas el orden jurisdiccional penal, medidas en el orden jurisdiccional contencioso-administrativo y medidas en el orden jurisdiccional social. Con todo, una de las consecuencias que se desprende del documento es que se prevé que un muy importante número de empresas no podrán subsistir tras la crisis y tendrá que acudir al concurso de acreedores.
Con carácter general
El documento del CGPJ tiene dos partes bien diferenciadas. Por un lado, las medidas de carácter general o de organización, cuya implementación depende en buena parte del propio Consejo. Las medidas aquí propuestas tienen como objetivo «evitar la mayor disfunción que plantea un ingreso masivo y en poco tiempo de un número elevado de asuntos, y controlar un desigual reparto, tramitación y respuesta». Con este objetivo se plantea la aplicación de medidas ya previstas en la Ley Orgánica del Poder Judicial y que, por tanto, pueden ser adoptadas por el CGPJ, los órganos de gobierno de los tribunales, el Ministerio de Justicia y las Comunidades Autónomas desde el momento inicial, anticipándose a las futuras situaciones de colapso.
Entre las medidas que se proponen en este apartado figuran la aplicación de mecanismos de refuerzo en los órganos que resulten sobrecargados; el establecimiento de normas de reparto y especialización de los Juzgados en el orden civil, excediendo el ámbito territorial del partido judicial, como ya ocurre en las jurisdicciones contencioso-administrativa y social; y la habilitación plena del mes de agosto para la tramitación y resolución ordinaria de los procesos judiciales.
Para conocer el resto de las medidas se puede consultar la página web del Consejo General del Poder Judicial, donde se describen las principales variaciones y propuestas para cada uno de los órdenes jurisdiccionales.