Este lunes se retoma el juicio de la causa primera contra la extinta Banca Privada Andorrana (BPA) en el Tribunal de Corts de Andorra. La vista oral, que se ha visto aplazada en varias ocasiones desde que se inició por primera vez el 15 de enero de 2018, sentará al exdirector general de la entidad, Joan Pau Miquel, y a 23 extrabajadores de BPA en el banquillo de los acusados. Se les acusa de blanquear, presuntamente, cerca de 70 millones procedentes de la mafia china de Gao Ping, investigada por la Audiencia Nacional española bajo el sobrenombre de “caso Emperador”.
Según el fiscal general del caso, Alfons Alberca, los gestores de lo que fue la BPA habrían facilitado este blanqueo a través de lo que se conocen como “operaciones de compensación”. Estas operaciones, avaladas por el banco y los organismos que lo auditaban de forma interna y externa, se realizaban a modo de favor entre dos clientes de la entidad cuando uno de ellos deseaba enviar una cantidad determinada de dinero a Andorra, donde se tributaba menos que en el país de origen, y el otro necesitaba dinero en efectivo en el país del primero. En este caso, BPA actuaba como intermediario entre ambos clientes. Uno le facilitaba el cash y el otro le transfería dicha cantidad en la cuenta andorrana, bajo el control y la supervisión del banco; de forma que se evitaba que hubiese movimiento de maletines transfronterizos.
Estas operaciones no se regularon hasta 2014
Esta operación, no solo era una práctica habitual entre la banca del país pirenaico durante el periodo que se investiga, sino que no estaba tipificada como delito. De hecho, no se reguló hasta 2014, después de la intervención de BPA. No obstante, la Fiscalía apoya su acusación argumentando que este tipo de transacciones elevaban la posibilidad de que se produjese un delito de blanqueo de capitales procedente de actividades ilícitas como el narcotráfico, la trata o la corrupción. A pesar de que Alberca sostiene que los extrabajadores conocían la procedencia ilícita del dinero, los exgestores manifiestan que nunca detectaron ninguna irregularidad en el origen de estas transferencias.
Además, cabe recordar en este sentido, que si este dinero procedía del fraude fiscal, a diferencia de lo que ocurre en otros países, en Andorra por entonces tampoco era un delito. Por lo que estas operaciones podían darse siempre y cuando no se detectase que podían proceder de actividades criminales tipificadas.
Asimismo, el fiscal sostiene que las “operaciones de compensación” entorpecían la trazabilidad del dinero movido entre países. Sin embargo, las auditorías anuales ejecutadas por la INAF, el Instituto Nacional Andorrano de Finanzas, avalaban esta práctica como correcta.
Caen 9 de los 14 delitos que se le imputan a Gao Ping
Con todo, hay que tener en cuenta que en España, donde se investiga la causa de Gao Ping, no se ha podido acreditar, por ahora, que este mafioso chino blanqueara dinero procedente de actividades criminales. Y, de hecho, el magistrado instructor de la Audiencia Nacional, José Luis Calama, actualmente solo investiga la trama “Emperador” por fraude fiscal, organización criminal, falsedad documental y blanqueo (por las elevadas sumas de dinero que se movían). Por ahora, se han sobreseído las nueve imputaciones restantes, al no haber podido demostrar que el dinero procediese de actividades criminales tipificadas como el narcotráfico o la trata de seres humanos con fin de explotación sexual.
Se tratará de probar el origen del dinero recibido
Con todo, el juicio del BPA se retoma este lunes después de haberse aplazado por última vez hace apenas dos semanas debido a una nueva petición para apartar al fiscal general del caso. Esta vez, se argumentó una supuesta falta de imparcialidad de Alberca por su mala relación con uno de los letrados de la defensa. Sin embargo, la petición ha sido desestimada y, contra todo pronóstico, la vista prevista para mañana se retomará sin posibilidad de recurso alguno. El futuro de los veinticuatro acusados dependerá de que el tribunal andorrano sea capaz de probar que el dinero de Gao Ping procedía de alguna de las actividades criminales que, por ahora, no han sido estimadas en la Audiencia Nacional española y no de la comercialización de artículos procedentes de china en bazares de España.