El Ministerio de Trabajo denunciado por aprobar el sindicato de prostitución

La asociación L’Escola A.C. reanuda este martes su batalla judicial contra el Ministerio de Trabajo para ilegalizar el sindicato de trabajadoras sexuales, “OTRAS”.    /    Archivo
photo_camera La asociación L’Escola A.C. reanuda este martes su batalla judicial contra el Ministerio de Trabajo para ilegalizar el sindicato de trabajadoras sexuales, “OTRAS”. / Archivo
La asociación L’Escola A.C. reanuda este martes su batalla judicial contra el Ministerio de Trabajo para ilegalizar el sindicato de trabajadoras sexuales, “OTRAS”. Su objetivo es anular el acto primigenio de aprobación para disolver de forma automática al sindicato

El Ministerio de Trabajo se sienta este martes en el banquillo de los acusados de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional (AN). Lo hace después de que la asociación L’Escola A.C. haya reiniciado su batalla judicial contra dicho Ministerio para la ilegalización del sindicato de trabajadoras sexuales, “OTRAS”. El objetivo de L’Escola, liderada por la abogada y activista abolicionista Núria González, no es otro que el de impugnar y anular el acto primigenio de aprobación para disolver de forma automática el sindicato; incluso ahora, que el Tribunal Supremo ha validado sus estatutos, a diferencia de lo que ya sentenció la AN en 2018.

Anular el acto primigenio de aprobación

González no ataca directamente ni al sindicato, ni a sus miembros. Entiende que cada uno es libre de presentar lo que sea y esperar a que se lo validen. La abogada catalana denuncia la acción que desempeñó el Ministerio de Trabajo, durante el verano de 2018, aprobando la inscripción sindical de OTRAS, firmando, así, su validez.

Las abogadas de L’Escola A.C., Núria González y Meritxell Cabezón, consideran que, si se estima la nulidad del acto administrativo cometido por el Ministerio de Trabajo por parte del tribunal, tendrá un efecto directo en la organización OTRAS, que dejaría de existir como tal. Además, consideran que esto no entra en contradicción con la sentencia de 1 de junio de 2021 del Supremo, ya que, si bien reconoce el derecho a todas las personas de sindicarse, rechaza de plano la posibilidad de que exista trabajo sexual en España, puesto que estaríamos ante una actividad de proxenetismo.

La sentencia del Supremo

Concretando este último apunte: el Alto Tribunal anunció este pasado mes de junio una sentencia en la que anulaba la decisión que la Audiencia Nacional tomó en noviembre de 2018 de invalidar los estatutos del sindicato porque entendía que la prostitución no es un trabajo y, por tanto, no podían regularse sus condiciones laborales. La sentencia del Supremo establece, sin embargo, que los estatutos sindicales no determinan la legalidad o ilegalidad de una actividad, sino que esa tarea corresponde al legislador. Añade, además, que el ámbito al que se refieren esos estatutos es legal, pues la prostitución no aparece mencionada en ellos, ya que aparecen como administrativas.

La nulidad que aprobó la Audiencia Nacional fue recurrida por el sindicato y ahora el Alto Tribunal les ha permitido sindicarse. Sin embargo, González y Cabezón insisten en que, en la presente causa, el acto a impugnar es directamente la firma que realizó la entonces Directora General de Trabajo, Concepción Pascual, aprobando los estatutos de “OTRAS”. De hecho, Pascual acudirá al juicio como testigo aportada por la parte denunciante que, además, fue la única cesada por la exministra de Trabajo, Magdalena Valerio, como consecuencia de estos hechos.

Esperan el arrepentimiento del Ministerio

L’ESCOLA A.C. confía en que “la representación del Ministerio de Trabajo reconozca el error en el que incurrieron y no intente mantener en sede judicial la validez del procedimiento administrativo que desembocó en la existencia de la organización OTRAS como sindicato, ya que estaría defendiendo los mismos argumentos que los interesados en regular la prostitución en España como un trabajo”. Por su lado, tanto el sindicato, como parte afectada, como el Ministerio Fiscal piden el archivo de la causa al creer que entra en contradicción con la sentencia emitida por el Supremo.

Con todo, la vista se celebrará este martes 5 de octubre a las 11.30 horas en la Sala Social de la Audiencia Nacional.

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