El Tribunal Supremo ha confirmado esta semana la condena que acreditó la financiación irregular de Convergència Democràtica de Catalunya (CDC) durante al menos una década. La sentencia definitiva del caso Palau ve probado que el partido cobró 6,6 millones de euros en comisiones ilegales de la constructora Ferrovial a cambio de adjudicarle obras públicas.
Asimismo, también se ratifican las penas impuestas a los máximos responsables de la institución cultural Félix Millet y Jordi Montull a 9 años y 8 meses de prisión y multa de 4,1 millones y a 7 años y medio de cárcel y multa de 2,9 millones, respectivamente.
Además, ambos deben devolver a las estructuras del Palau (Consorci, Fundació y Associació) los 23 millones que le saquearon.
Se repartían las comisiones ilegales
Con todo, quien debe responder económicamente es CDC o sus herederos, el PDeCAT. Convergència tuvo entonces embargadas 15 de sus sedes por el caso Palau. La sentencia confirma las comisiones del 4% de Ferrovial a CDC a cambio de la adjudicación de obra pública. CDC se quedaba el 2,5% y el 1,5% restante iba a parar a Millet y Montull (el 80% se lo quedaba el presidente del Palau y el 20% el director general).
Dado que la sentencia ya es firme, los magistrados de la Audiencia de Barcelona pueden decidir en los próximos días ejecutarla y enviarlos a prisión.
Millet y Montull, con un estado de salud muy delicado, ya permanecieron entre rejas tras la primera sentencia porque lo pidió la fiscalía y lo acordaron los magistrados. Pero fue solo durante unas semanas, hasta que lograron salir bajo fianza a la espera de que su recurso ante el Supremo prosperara.
En cuanto a los otros acusados
Los pocos cambios que introduce la sentencia del Supremo consisten en rebajar en medio año la condena de la exresponsable financiera del Palau, Gemma Montull, que queda en 4 años con multa de 2,6 millones de euros. Y la del extesorero de CDC, Daniel Osàcar, que pasa de 4 años y 5 meses a 3 años y medio, al ser absuelto del delito de tráfico de influencias por el que también se le condenó. Se le mantiene la multa de 3,7 millones de euros como autor de un delito de blanqueo de capitales, en concurso medial con falsedad en documento mercantil y contable, con la atenuante de dilación extraordinaria e indebida en la tramitación del procedimiento.
El motivo de la absolución del delito de tráfico de influencias a Osácar es que, según la Sala, “no consta acreditado que por obra adjudicada siendo el recurrente tesorero de CDC, Ferrovial abonara comisión; aunque sí consta que en esa condición hizo llegar a Convergència, con maniobras de diversa índole, entre las que se encontraban la mendacidad documental, que además ocultaban su origen, las comisiones que abonaba de modo aplazado Ferrovial, por obras adjudicadas con anterioridad a ser nombrado tesorero”.
Se rechaza, pues, el recurso de CDC
La Sala desestima el recurso de CDC contra el comiso de los 6,6 millones de euros derivados de la comisión del tráfico de influencias. El Supremo recuerda que hay tres condenados por ese delito (Millet, y Jordi y Gemma Montull) cuya conducta atendía a que el producto pactado por la influencia, la comisión porcentual de obra pública adjudicada, llegara a CDC.
Entre 1999 y 2009, Convergència, que entonces era el “partido hegemónico” en Catalunya según lo describe la sentencia, se financió de forma irregular. Ese periodo incluye los últimos años de Jordi Pujol como presidente de la Generalitat, pero también los de Artur Mas como jefe de la oposición. Por entonces, el delito de financiación ilegal de partidos políticos no estaba tipificado en el Código Penal.
El Supremo ratifica que el partido se comprometió a adjudicar obras públicas a Ferrovial a través de las administraciones (locales y autonómicas) en las que gobernaba. El Palau servía como mero intermediario en esas transacciones ilícitas. Ferrovial camuflaba los pagos como contratos de patrocinio de la institución.