El Tribunal Supremo rebaja las condenas de los jóvenes de Alsasua

El Tribunal Supremo ha eliminado las agravantes de discriminación y de abuso de superioridad.
photo_camera El Tribunal Supremo ha eliminado las agravantes de discriminación y de abuso de superioridad.
La razón reside en la eliminación de las agravantes de discriminación y de abuso de superioridad.

El

Tribunal Supremo (TS) ha rebajado la pena a los ocho condenados por las agresiones contra

un teniente y un sargento de la Guardia Civil y sus novias, ocurridas en un bar

de Alsasua (Navarra), en octubre de 2015. La Audiencia Nacional les impuso

penas de entre dos y 13 años de prisión por delitos de atentado a agentes de

la autoridad, lesiones, desórdenes públicos y amenazas, pero todos recurrieron al Supremo y el alto tribunal ha

estimado parcialmente el recurso y ha reducido las condenas en casi cinco años

para algunos de ellos. Tras la sentencia del Supremo, la horquilla de penas queda

entre un año y medio y nueve años y medio de cárcel.

El

Supremo considera que hay pruebas para mantener las condenas por delitos de

atentado a agentes de la autoridad, lesiones, desórdenes públicos y amenazas,

salvo en dos condenas por lesiones. Sin embargo, el alto tribunal entiende que la

Audiencia Nacional no debió aplicarles la agravante de discriminación, ni la de

abuso de superioridad en el delito de atentado a la autoridad, que ya castiga

que la agresión se dirigió contra guardias civiles.

Voto particular

La

sentencia, que cuenta con el voto particular de los magistrados Antonio del Moral y Vicente Magro, que entendían que debía haberse mantenido la agravante

de discriminación, considera que ha existido prueba bastante y válida de

las agresiones y lesiones físicas y psicológicas causadas a las víctimas, por

lo que les condena por delitos de atentado a agentes de la autoridad,

lesiones, desórdenes públicos y amenazas, aunque estima en parte los recursos

de la defensa.

Ambos

magistrados señalan que el hecho probado sí hace mención a la animadversión por

la presencia de las víctimas en la localidad y por su pertenencia a la Guardia

Civil. Consideran que de lo que se trataba era de llevar a cabo un ataque a una

institución representativa del Estado español y su odio por su presencia en la

zona geográfica con el deseo de su desaparición del lugar, que es lo que motiva

el ataque.

Los dos

magistrados entienden que es esa animadversión e intolerancia de los acusados

hacia la Guardia Civil, en este caso, lo que provoca de forma directa la

discriminación hacia ese grupo de personas, que llega hasta el punto de que los

agentes y sus novias no puedan moverse con libertad por Alsasua, sino que

solamente puedan acudir a determinados lugares, sin poder salir por la noche a

pasar un rato de ocio y diversión.

Los hechos

Los

hechos ocurrieron el 15 de octubre de 2016, cuando los dos guardias y sus

parejas fueron increpados y agredidos en el bar Kotxa de Alsasua en un ambiente

en el que un grupo de unas 25 personas les llegó a rodear y a gritar

para que se fueran con expresiones como "os vamos a matar por ser

guardias civiles".

Hechos

"execrables" que se produjeron "al constatar que eran miembros

de las fuerzas y cuerpos de seguridad", dice el Supremo. Con la sentencia

del alto tribunal, que condena por delitos de atentado a la autoridad,

lesiones, desórdenes públicos y/o amenazas, las penas más altas quedan para Ohian

Arnanz (de 13, a 9 años y medio de prisión), y Jokin Unamuno y Adur

Ramírez (de 12, a 8 años y medio).

Las de Jon

Ander Cob y Julen Goicoechea pasan de 9 a 7 años y medio; la de Aratz

Urrizola, de 9 años a 4 años y 2 meses; la de Iñaki Abad, de 6, a 3

años y medio; y la de Ainara Urquijo —la única que no entró en prisión

provisional— de 2 años, a año y medio.

Siete ingresaron en prisión (tres

desde 2016) y todos fueron a juicio acusados por delitos de tipo terrorista, si

bien la Audiencia Nacional les absolvió de este delito al no ver que la

agresión tuviese tal finalidad. Una tesis que, después, fue respaldada por la

Sala de Apelaciones, por lo que la Fiscalía acabó desistiendo de recurrir este

aspecto al Supremo.

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