El
Tribunal Supremo (TS) ha rebajado la pena a los ocho condenados por las agresiones contra
un teniente y un sargento de la Guardia Civil y sus novias, ocurridas en un bar
de Alsasua (Navarra), en octubre de 2015. La Audiencia Nacional les impuso
penas de entre dos y 13 años de prisión por delitos de atentado a agentes de
la autoridad, lesiones, desórdenes públicos y amenazas, pero todos recurrieron al Supremo y el alto tribunal ha
estimado parcialmente el recurso y ha reducido las condenas en casi cinco años
para algunos de ellos. Tras la sentencia del Supremo, la horquilla de penas queda
entre un año y medio y nueve años y medio de cárcel.
El
Supremo considera que hay pruebas para mantener las condenas por delitos de
atentado a agentes de la autoridad, lesiones, desórdenes públicos y amenazas,
salvo en dos condenas por lesiones. Sin embargo, el alto tribunal entiende que la
Audiencia Nacional no debió aplicarles la agravante de discriminación, ni la de
abuso de superioridad en el delito de atentado a la autoridad, que ya castiga
que la agresión se dirigió contra guardias civiles.
Voto particular
La
sentencia, que cuenta con el voto particular de los magistrados Antonio del Moral y Vicente Magro, que entendían que debía haberse mantenido la agravante
de discriminación, considera que ha existido prueba bastante y válida de
las agresiones y lesiones físicas y psicológicas causadas a las víctimas, por
lo que les condena por delitos de atentado a agentes de la autoridad,
lesiones, desórdenes públicos y amenazas, aunque estima en parte los recursos
de la defensa.
Ambos
magistrados señalan que el hecho probado sí hace mención a la animadversión por
la presencia de las víctimas en la localidad y por su pertenencia a la Guardia
Civil. Consideran que de lo que se trataba era de llevar a cabo un ataque a una
institución representativa del Estado español y su odio por su presencia en la
zona geográfica con el deseo de su desaparición del lugar, que es lo que motiva
el ataque.
Los dos
magistrados entienden que es esa animadversión e intolerancia de los acusados
hacia la Guardia Civil, en este caso, lo que provoca de forma directa la
discriminación hacia ese grupo de personas, que llega hasta el punto de que los
agentes y sus novias no puedan moverse con libertad por Alsasua, sino que
solamente puedan acudir a determinados lugares, sin poder salir por la noche a
pasar un rato de ocio y diversión.
Los hechos
Los
hechos ocurrieron el 15 de octubre de 2016, cuando los dos guardias y sus
parejas fueron increpados y agredidos en el bar Kotxa de Alsasua en un ambiente
en el que un grupo de unas 25 personas les llegó a rodear y a gritar
para que se fueran con expresiones como "os vamos a matar por ser
guardias civiles".
Hechos
"execrables" que se produjeron "al constatar que eran miembros
de las fuerzas y cuerpos de seguridad", dice el Supremo. Con la sentencia
del alto tribunal, que condena por delitos de atentado a la autoridad,
lesiones, desórdenes públicos y/o amenazas, las penas más altas quedan para Ohian
Arnanz (de 13, a 9 años y medio de prisión), y Jokin Unamuno y Adur
Ramírez (de 12, a 8 años y medio).
Las de Jon
Ander Cob y Julen Goicoechea pasan de 9 a 7 años y medio; la de Aratz
Urrizola, de 9 años a 4 años y 2 meses; la de Iñaki Abad, de 6, a 3
años y medio; y la de Ainara Urquijo —la única que no entró en prisión
provisional— de 2 años, a año y medio.
Siete ingresaron en prisión (tres
desde 2016) y todos fueron a juicio acusados por delitos de tipo terrorista, si
bien la Audiencia Nacional les absolvió de este delito al no ver que la
agresión tuviese tal finalidad. Una tesis que, después, fue respaldada por la
Sala de Apelaciones, por lo que la Fiscalía acabó desistiendo de recurrir este
aspecto al Supremo.