La DAI ocultó información que beneficiaba a uno de los acusados en el ‘caso Macedonia’

Durante la jornada de hoy, ha tomado la palabra el abogado José María Fuster-Fabra, en defensa de los derechos del subinspector de los Mossos d’Esquadra   /  Archivo
photo_camera Durante la jornada de hoy, ha tomado la palabra el abogado José María Fuster-Fabra, en defensa de los derechos del subinspector de los Mossos d’Esquadra / Archivo
Según ha denunciado la defensa del subinspector acusado en el ‘caso Macedonia’, la División de Asuntos Internos de los Mossos d’Esquadra ocultó parte de las conversaciones telefónicas que beneficiaban al agente investigado

Las sesiones destinadas a las cuestiones previas del ‘caso Macedonia’ han continuado este jueves en la Audiencia Provincial de Barcelona. Durante la jornada de hoy, ha tomado la palabra el abogado José María Fuster-Fabra, en defensa de los derechos del subinspector de los Mossos d’Esquadra, el único agente que, finalmente, ha sido procesado por esta presunta trama de corrupción y narcotráfico. Fuster Fabra ha lamentado, como lo hicieron ayer sus homólogos, la nefasta instrucción dirigida por el magistrado Joaquín Aguirre, asegurando que se vulneraron en repetidas ocasiones los derechos fundamentales y el derecho de defensa de su cliente.

Concretamente, ha denunciado que la División de Asuntos Internos (DAI) de los Mossos d’Esquadra ocultó en sus informes parte de las comunicaciones que el subinspector investigado mantuvo con otro de los acusados, en relación con una “Play Station”. Según obra en el escrito de acusación, el agente habría recibido este aparato como beneficio a los presuntos favores con la banda criminal. Sin embargo, de dichas conversaciones, cuando se leen en su totalidad, se puede extraer que la “Play”, propiedad del subinspector, fue entregada previamente para ser reparada.

“Las piruetas” del instructor y la fiscal

El letrado también ha lamentado que en la instrucción el juez Aguirre haya sacado conclusiones desorbitadas de las conversaciones que se extrajeron de las escuchas de su cliente. En concreto, ejemplifica un caso: el subinspector, en una conversación con otro de los acusados, intercambió varios SMS para verse en persona. Horas más tarde, dicho acusado recibió una llamada del supuesto cabecilla de la banda criminal en la que éste le decía: “a ver si te ves con tu amigo para que te cuente lo del homicidio”.

Fuster Fabra denuncia que de dos conversaciones totalmente inconexas el magistrado saque conclusiones fantasiosas y poco motivadas, solo para engordar su acusación. Y más, cuando la segunda llamada – hablando de un homicidio – fue entre otras dos personas en la que su cliente no tuvo nada que ver. Y es que Aguirre concluye en el sumario que el subinspector -cliente de Fuster Fabra- tomó medidas de seguridad a la hora de hablar con los acusados a sabiendas de que eran susceptibles de ser investigados por narcotráfico. Es más, ha lamentado el letrado defensor, “de un mensaje y una llamada inconexa el juez concluye que el subinspector de los Mossos filtraba información para beneficiar a los presuntos narcos”.

Sin embargo, cabe recordar, en este sentido, que este tipo de conversaciones entre el subinspector y alguno de los acusados, en especial con Manuel G.C. –el supuesto cabecilla de la banda– eran de lo más habitual, ya que el mencionado investigado fue, durante años, un confidente de los Mossos, la Policía y la Guardia Civil. A pesar de ello, el instructor sugiere que el agente implicado “no fue transparente porque la información que iba a dar por teléfono le iba a perjudicar en la causa”, dando por hecho que el “amigo” del que hablan los otros dos es el subinspector en cuestión, cuando realmente no hay indicio alguno que prueba tal extremo.

La detención y las escuchas

Del mismo modo, el letrado, como han relatado otros de sus compañeros, ha denunciado la falta de motivación por parte del magistrado a la hora de acusar a los investigados o de ordenar la incorporación o desestimación de escuchas y otras pesquisas realizadas en el marco de la instrucción. Considerando que, muchas de dichas intervenciones telefónicas vulneraron los derechos fundamentales de los investigados al carecer de indicios para su autorización. Por su lado, la fiscal Ana Gil, contraria a este pensamiento, ha defendido férreamente la intervención de los teléfonos móviles, “amparada – según ella - por cientos de indicios y conversaciones”, del subinspector y otros acusados.

En cuanto a la detención, Fuster Fabra ha asegurado que su cliente no sólo no fue informado debidamente de sus derechos, sino que estuvo en la celda de comisaria por un tiempo superior al que marcaba la legislación vigente en octubre de 2010, cuando fue detenido.

“En 12 años no se ha hecho nada”

Al final de su intervención, Fuster Fabra ha hecho un reflexión ante la sala. En primer lugar ha lamentado que durante los 12 años de instrucción “no se haya hecho nada”. Y, seguidamente ha pedido al tribunal que humanice la causa. “No sé de quién es la culpa. Del magistrado, de la fiscal, de las defensas, del código penal, del sistema…, pero está claro que la culpa no es de esto señores” ha sentenciado, señalando a los acusados. En especial a su cliente, un subinspector que ha visto su carrera frustrada por una causa que no tiene ni pies, ni cabeza. “Llevamos 12 años arrastrando este caso y hemos llegado a unas conclusiones ridículas”.  

El turno de la Fiscalía

Por su lado, la representante del Ministerio Fiscal ha ido desmontando una por una todas las cuestiones previas planteadas por las defensas. Ha defendido las actuaciones policiales, las escuchas, y ha asegurado que no se han vulnerado los derechos de los acusados en ninguno de los 17 casos. También ha negado que la acusación por el delito de “pertenencia a organización criminal” tuviese carácter “retroactivo”, tal y como alegaba la parte contraria.

Finalmente, rebatiendo directamente a lo mencionado por José María Fuster Fabra, la fiscal ha manifestado que durante estos años sí que se ha hecho mucho trabajo de investigación. Dándose por aludida tras la intervención del letrado, la representante de la Fiscalía ha matizado que se ha velado por el derecho de defensa de los 17 acusados. Con todo, la fiscal no ha dado su visto bueno a la mayoría de las cuestiones previas solicitadas por las partes: ni testigos protegidos, ni incorporación de nuevas documentales, ni noticias de los medios de comunicación. Ahora es el turno de la Sección Tercera de la Audiencia decidir sobre estas cuestiones previas.

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