El TSJC ha recibido esta semana la causa contra los cinco excompañeros de Carme Forcadell en la Mesa del Parlament y de la exdiputada Mireia Boya por delito de desobediencia. Entre los magistrados que formarán parte del tribunal se encuentra Mercedes Armas, conocida también por su relación con el referéndum del 1-O.
Incorporada en el TSJC en febrero de 2017, Armas fue la magistrada que ordenó a las fuerzas de seguridad impedir la celebración del 1-O. La misma que posteriormente se quejó de la descoordinación que hubo entre los agentes durante el referéndum y pidió a los tres cuerpos policiales, que participaron, sendos informes de lo que había sucedido.
Además, fue la encargada de investigar varias querellas en relación con la compra de urnas u otros gastos, ordenó el cierre de las webs para la votación y reclamó la lista de los medios que habían hecho publicidad del 1-O.
Juicio a la Mesa del Parlament
Ahora, la magistrada Mercedes Armas junto con el presidente del TSJC, Jesús María Barrientos, y el magistrado Carlos Ramos serán los componentes del tribunal que juzgará a los 6 encausados acusados de desoír las órdenes del Tribunal Constitucional que les obligaban a impedir cualquier iniciativa que supusiera desplegar la hoja de ruta unilateral independentista. Armas, además, ha sido designada ponente de la causa.
Se trata de los miembros de la Mesa del Parlament -cuando la cámara estaba presidida por Carme Forcadell- Lluís Maria Corominas (PdeCAT), Lluís Guinó (PDeCAT), Anna Simó (ERC), RamonBarrufet (PDeCAT) y Joan Josep Nuet (EUiA), además de la diputada de la CUP Mireia Boya.
Separación de la causa
El Tribunal Supremo (TS), que este martes inició el juicio a los 12 líderes independentistas, acordó separar del procedimiento principal la causa contra seis imputados a quienes la Fiscalía únicamente acusa de desobediencia, para que sean juzgados en el TSJC.
El presidente de la Sala Segunda del Supremo, Manuel Marchena, justificó el traslado de la causa de estos seis procesados al alto tribunal catalán ante “la previsible duración de la causa especial, la continuada presencia de los procesados durante las prolongadas sensaciones del juicio oral y, en fin, el obligado desplazamiento de quienes sólo van a responder del delito de desobediencia