Once años de prisión para un monitor por abusar sexualmente de una menor

Uno de los magistrados considera la pena demasiado elevada | RÀDIO OLOT
photo_camera Uno de los magistrados considera la pena demasiado elevada | RÀDIO OLOT
Un magistrado del Tribunal ha emitido un voto particular porque sostiene que la pena es demasiado alta.

La Audiencia de Girona ha condenado a 11 años y 1 día de prisión a un monitor de Llagostera por abusar sexualmente de una menor de 15 años. La sentencia concluye que el procesado inició una relación con la menor, que era alumna suya en el Espai Jove de la población, en noviembre de 2018, amparándose en la «influencia personal y emotiva que ostentaba sobre la menor porque era conocedor de los sentimientos que le despertaba». Según el Tribunal, la relación duró hasta enero de 2019, cuando los familiares de la menor los descubrieron.

La sentencia recoge que el acusado, que en el momento de los hechos tenía 28 años, trabajaba como animador sociocultural en el Espai Jove de Llagostera, donde era monitor de la víctima, de 15 años. El Tribunal deja constancia, además, de que la menor había sido declarada en situación de desamparo por la Dirección General de Atención a la Infancia y la Adolescencia (DGAIA) de la Generalitat de Catalunya en 2016 tras sufrir «desprotección emocional y material» por parte de su padre después de la muerte de la madre, en 2012. En el momento de los hechos, estaba en situación de acogida con su hermana.

Según el Tribunal, a pesar de saber que la niña era menor de 16 años, el acusado mantuvo «una relación con ella de manera reiterada con contactos de carácter sexual». Estos contactos, añade la sentencia, se limitaron, en un principio, a besos y tocamientos que «se fueron intensificando» por «la insistencia» del procesado, añade.

En una de las ocasiones que el acusado y la víctima estaban en casa de él, la hermana de la niña intentó contactar reiteradamente por teléfono con ella sin conseguirlo. Cuando finalmente llegó a casa, la menor confesó dónde había estado y sus familiares interpusieron una denuncia.

Voto particular

La sentencia de la sección tercera de la Audiencia de Girona condena al monitor como autor de un delito continuado de abuso sexual a menor de 16 años, con atenuante de reparación del daño, porque consignó 3.000 euros para hacer frente a la indemnización, y le impone una pena de 11 años y 1 día de prisión.

Un magistrado del Tribunal, Ildefonso Carol, ha emitido un voto particular. El magistrado expone que «coincide» plenamente con el resto del Tribunal pero sostiene que la pena de 11 años y 1 día es demasiado elevada.

En su voto particular, el magistrado subraya que la pena por un delito de homicidio se sitúa en una horquilla de 10 a 15 años, mientras que el abuso sexual con penetración a menor de 16 años, cuando ha habido más de un contacto sexual, es de un mínimo 10 años. «Así —añade—, se puede dar la paradoja de que en nuestro país resulte, en términos penales, más 'barato' matar a un menor de 16 años que mantener relaciones sexuales consentidas, aunque sea un consentimiento viciado por razón de la edad y mediante prevalencia, lo que, por cierto, vuelve a elevar el mínimo hasta los 11 años y 1 día que imponemos».

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