Este miércoles se ha conocido el fallo sobre el recurso de los exjugadores de la Arandina condenados a 38 años de prisión por una agresión sexual a una niña de 15. La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCL) no considera los hechos como agresión, sino como abuso, y rebaja, de forma considerable, la condena. Uno de los jóvenes es absuelto y los otros dos ven sus penas de prisión rebajadas de 38 años, a 4 y 3 años, respectivamente.
El TSJCL ha estimado íntegramente el recurso de Raúl Calvo, de 19 años, al que absuelve por «la cercanía de edad y la proximidad en el grado de madurez con la menor» y, parcialmente, las apelaciones de Carlos Cuadrado, Lucho, de 24 años, y de Víctor Rodríguez, Viti, de 22. Los condenados también deberán indemnizar de forma conjunta conjunta y solidaria a la menor con 10.000 euros, ante los 50.000€ determinados por la Audiencia Provincial.
La sentencia señala que la declaración de la menor goza de plena credibilidad en cuanto a la realidad de los hechos ocurridos, pero carece de ella en cuanto a la forma en que se produjeron. En este sentido, no considera probada la existencia de intimidación, al apreciar las contradicciones que se ponen de manifiesto entre su declaración y la conducta observada tanto en los momentos anteriores —intercambió mensajes de contenido sexual con uno de ellos—, como en los inmediatamente posteriores, cuando se trasladó a una habitación, con uno de los condenados, para mantener una relación sexual completa de forma voluntaria. Tras ello, alardeó de dicho hecho ante sus amigos.
El Tribunal ha modificado los hechos probados, suprimiendo la referencia a la intimidación, y los ha calificado como un delito de abuso sexual a menor de 16 años, cuyo consentimiento carece de trascendencia jurídica a partir de la reforma del Código Penal de 2015 que elevó la edad del consentimiento de 13 a 16 años. En cuanto a la responsabilidad penal de los recurrentes, la sentencia considera que no cabe apreciar que desconocieran la edad de la menor, ni que ignoraran que los actos sexuales con una menor de 16 años se hallan castigados por la Ley.