Después de que el Juzgado de Primera Instancia 54 de Barcelona admitiera el contenido de la demanda de Rosa Peral para paralizar la serie 'El cuerpo en llamas', una producción de Netflix que se basa en el mediático 'crimen de la Guardia Urbana', ahora la magistrada no se considera competente para instruir la causa. La jueza considera que, "según la jurisprudencia, el conocimiento de esta petición de medidas cautelares correspondería al partido judicial de Vilanova i la Geltrú, al ser este el partido judicial donde se encontraba, antes de su ingreso en prisión, el domicilio de la parte demandante".
De este modo, los abogados de la condenada deberán presentar toda la documentación, de nuevo, a un juzgado de Vilanova i la Geltrú, tal y como ha considerado el Juzgado de Primera Instancia 54 de Barcelona. Petición que este lunes ya solicitaron tanto Netflix, como la productora Arcadia Motion Pictures S.L, que presentaron sendos escritos pidiendo a la autoridad judicial el traspaso de la causa a un juzgado de Vilanova, que ya fue donde se instruyó el 'crimen de la Guardia Urbana'.
Rosa Peral demandó a Netflix para poder revisar el contenido de la serie
Fuentes conocedoras del caso explicaron a esta redacción que esta petición de Netflix es “una maniobra para dilatar el proceso” y poder así estrenar la ficción, programada para este próximo viernes 8 de septiembre. De este modo, mientras Netflix trata de ganar tiempo pidiendo el traslado del caso a otra partida judicial, la defensa de Rosa ya ha empezado a mover sus hilos para presentar toda la documentación, se espera que hoy mismo, a los nuevos juzgados.
Cabe recordar, que Rosa Peral, condenada a 25 años de prisión por matar a quien era su pareja en el conocido 'crimen de la Guardia Urbana', demandó a Netflix y a la productora Arcadia Motion Pictures S.L. después de enviar hasta dos burofax pidiendo revisar el contenido de la ficción que se estrena este viernes. Ante el silencio de la plataforma de streaming, la defensa de Peral emprendió acciones legales. La demanda aterrizó, por reparto, en el Juzgado de Primera Instancia 54 de Barcelona, cuya titular ha inadmitido ahora la petición de medidas cautelares por falta de competencia territorial.