María Sevilla, ex presidenta de la asociación “Infancia Libre”, deberá ingresar en prisión para cumplir la sentencia que la condenó a dos años y cuatro meses de prisión, por un delito de sustracción de menores, al permanecer casi un año en paradero desconocido con su hijo menor.
Esperando el indulto
En un caso que recuerda mucho al de Juana Rivas, el Tribunal Supremo ha inadmitido el recurso de casación presentado por la defensa de Sevilla, lo que convierte en firme la condena que pesa sobre ella. Sin embargo, desde el 29 de diciembre de 2021 está presentada la petición de indulto para María Sevilla, que debe resolver la ministra de Justica, Pilar Llop, pero sobre la que todavía no se ha pronunciado.
La defensa de Sevilla solicitó ante el juzgado penal 2 de Madrid, que es el que la condenó inicialmente y como es habitual en estos procesos, la suspensión de la ejecución de la pena para evitar el ingreso en prisión de María Sevilla hasta la resolución de la petición de indulto. Sin embargo, el juzgado ha negado dicha petición y ha requerido a Sevilla a presentarse en el propio juzgado para recoger su ejecutoria, lo que le dará un plazo de diez días para ingresar voluntariamente en una prisión de Madrid.
Denuncias contra el padre del menor por abusos
Desde el inicio Sevilla ha afirmado que el único motivo para desaparecer fue el de proteger a su hijo de malos tratos y de los supuestos abusos sexuales que el menor manifestó con cuatro años. Concretamente, la primera denuncia que existe contra el padre del menor por la presunta existencia de abusos, data de 2012 y no la interpone Sevilla, sino que la interpone el propio Ministerio Fiscal. Aunque existían varios informes periciales que daban veracidad a las declaraciones del menor, la denuncia de acabó archivando por falta de pruebas. Después, en 2017, otro juez decidió el cambio de custodia del niño, concediéndosela exclusivamente al padre. En ese momento es cuando la madre se lleva al menor.
Aplicación del inexistente SAP
En varias ocasiones se han denunciado por parte de la madre la falta de voluntad del juzgado de investigar la veracidad de los abusos que el menor estaba denunciando cometidos por su padre. Así lo han hecho contar también en el escrito de petición de indulto, tal y como adelanta Público, donde igualmente se hace referencia a la aplicación del Síndrome de Alienación Parental.
La inexistencia del llamado SAP ha sido acreditada por multitud organismos oficiales, y, sin embargo, se sigue aplicando en los tribunales españoles. Este hecho ha conllevado la llamada de atención por parte de diversos expertos de derechos humanos de la ONU a la justicia española, que también señalan como generadora de situaciones de desprotección para las mujeres y sus hijos.
Los mismos expertos de la ONU han exigido en diversas ocasiones al gobierno de España en los últimos dos años que tome medidas para proteger tanto a madres como a sus hijos y que asegure que los tribunales "superen los prejuicios contra las mujeres" y apliquen "un enfoque centrado en los niños y de género", en referencia a otros casos similares ocurridos en este tiempo como el de Juana Rivas, Irune Costumero o Sara B.B.