Sentencia: 25 años de prisión para Rosa Peral y 20 para Albert López

Los condenados recurrirán la sentencia.
photo_camera Los condenados recurrirán la sentencia.
Rosa Peral y Albert López, ambos agentes de la Guardia Urbana, también tendrán que pagar 885.000 euros de indemnización por el asesinato de Pedro Rodríguez, en mayo de 2017.

La Audiencia de Barcelona ha impuesto penas de 25 y 20 años de prisión para Rosa Peral y Albert López, respectivamente. Después de ser considerados culpables por el jurado popular, solo quedaba pendiente saber los años exactos de cárcel que deberán cumplir los guardias urbanos de Barcelona acusados del asesinato de Pedro Rodríguez —quien fuera pareja de Peral y también agente del cuerpo—, en mayo de 2017. 

El magistrado que ha presidido la sala, Enrique Rovira del Canto, ha dictado la sentencia de acuerdo con el veredicto que emitió el jurado popular, que declaró culpables de asesinato con alevosía a los dos acusados. La sentencia considera que Peral y López, puestos de común acuerdo, acabaron con la vida de Pedro Rodríguez y condujeron su cuerpo hasta una pista forestal del pantano de Foix, donde le prendieron fuego. Para ella recae la pena más dura, al añadirle el agravante de parentesco, tal y como pedían tanto la Fiscalía como la acusación particular.  

La sentencia también les impone indemnizar con 450.000 euros al hijo del fallecido, 225.000 euros para su padre, 100.000 euros para cada uno de sus hermanos y 10.000 euros para su antigua compañera sentimental y madre de su hijo, lo que suma un total de 885.000 euros. Cuando salgan de prisión, cumplirán 10 años de libertad vigilada y no podrán acercarse a menos de 1.000 metros de los familiares de la víctima.

Ambos condenados ya han anunciado que presentarán recurso ante la sentencia.

Relación amorosa

La sentencia relata que Albert López y Rosa Peral se conocieron trabajando en la Guardia Urbana de Barcelona «e iniciaron una relación sentimental sin convivencia en 2012 o, al menos, a partir de principios de 2013, y que coexistía al tiempo que ella vivía junto a su marido y sus dos hijas menores de edad». En el verano de 2016, inició otra relación con la víctima, que «simultaneó durante un tiempo con su matrimonio y con López».

En diciembre de 2016, la acusada se separó de su marido e intensificó la relación que tenía con la víctima, hasta el punto de vivir juntos en su casa. En enero, Albert López se enteró de esta relación de Rosa con Pedro y esto provocó que se distanciaran, tras varios encontronazos, discusiones y mensajes encontrados. Albert llegó a enviarle mensajes de Rosa a Pedro para romper su relación. Pedro, entonces, empezó a desconfiar de Rosa y surgieron las discusiones de la pareja, a lo que se sumó que López empezara a sentir una «hostilidad profunda hacia la víctima» y un «firme deseo de revancha».

La sentencia continúa explicando que entre marzo y abril de 2017, hubo «un nuevo y paulatino acercamiento, emocional primero, y sentimental después, entre Rosa Peral y Albert López, que desembocó en que ambos llegaran a la conclusión de que la víctima, por diversas razones, obstaculizaba su relación y situación». En ese contexto, «ambos empezaron a trazar un plan con el fin de quitar la vida a la víctima». Lo pusieron en marcha la noche del 1 al 2 de mayo de 2017.

Conjuntamente o en colaboración 

«Escasos minutos más tarde de que Rosa Peral hubiera llegado a su casa de Cubelles después de pasar la tarde junto con la víctima y sus hijas en una casa familiar de él, inició un intercambio de diversa comunicación telefónica con Albert López y en hora indeterminada de la madrugada de fecha 02.05.2017, después de que Albert López se desplazara también al domicilio de la víctima y Rosa Peral, conjuntamente, o al menos uno de ellos con la anuencia y colaboración activa del otro, agredieron a la víctima y le privaron de su vida de forma violenta, llevando a cabo su acción y actuando con el común animo o intención, o conociendo y asumiendo las altas probabilidades que existían, de acabar con la vida de Pedro si actuaban en la forma en que lo hicieron», subraya la sentencia.

Los dos acusados llevaron a cabo el crimen cuando la víctima no pudo defenderse, aprovechando que «estuviera drogado» o «descansando». Luego, continúa el escrito, de forma conjunta, en una maniobra de distracción, intentaron endosarle el crimen a Rubén, el exmarido de Rosa Peral, de quien se estaba divorciando y con quien mantenía una dura disputa por la custodia de las niñas. De hecho, la sentencia recuerda que los acusados, después del crimen, «divulgaron insinuaciones sobre un enfrentamiento personal entre la víctima y el exmarido de la acusada».

Ese fue el paso previo a conducir el coche de Pedro, con su cadáver en el maletero, hacia el pantano de Foix, donde le prendieron fuego. «valiéndose de algún tipo de combustible, prendieron fuego al vehículo con el cuerpo de la víctima en su interior, resultando su cuerpo casi enteramente carbonizado por la acción de las llamas, sin que hayan quedado restos o signos suficientes de la causa violenta de su muerte», agrega el escrito.

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