Sentencia ejemplar contra dos hombres presentes en una violación

El Tribunal Supremo ha considerado la intimidación ambiental para aumentar las penas de los acusados  l  Archivo
photo_camera El Tribunal Supremo ha considerado la intimidación ambiental para aumentar las penas de los acusados l Archivo

El Tribunal supremo ha considerado como colaboradores necesarios de una violación grupal a dos hombres, que sin llegar a agredirla físicamente, presenciaron la violación y no intentaron evitarla.

La Sala de lo Penal del Supremo ha elevado de 13 a 24 años de prisión la condena a los dos condenados por complicidad en las tres violaciones que sufrió la joven, al ser considerados ahora cooperadores necesarios y no cómplices.

Intimidación ambiental

Es una sentencia novedosa que permite doblar la condena a los acusados, por considerar que sin su actitud no habría sido posible la agresión aunque no participaran físicamente en ella ya que aunque no sean los autores de las violaciones, tienen un plus de gravedad en la intimidad ambiental de la víctima, siguiendo la doctrina que el propio tribunal estableció en el caso de la “manada” de Pamplona.

Aumento de pena también para el autor material

También incrementa de 22 a 28 años de prisión la pena a uno de los autores de agresión sexual, a quien impone 12 años de prisión como autor de la violación y 16 años más como cooperador necesario de las dos agresiones sexuales cometidas por otros dos hombres (uno de ellos en rebeldía y otro no identificado).

Los hechos ocurrieron a violación grupal de una joven de 18 años en Sabadell (Barcelona) en febrero de 2019, en un  solar abandonado. La joven fue interceptada por el grupo de agresores cuando volvía a casa.

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