
Si no fuera porque resulta vergonzoso reconocerlo, se diría que la expresión... «pues si hay dudas, que le absuelvan en el juicio» que algunos jueces de instrucción parecen acuñar día a día es una especie de axioma asumido definitivamente por un sector de la maquinaria judicial española.
Es malo generalizar, sin duda, y, por lo tanto, conviene subrayar que son muchos los instructores que concienzudamente militan en la lógica equidistancia y en la preceptiva objetividad. Éstos, la mayoría, huyen de ese credo que sobrevuela a algunas togas reputadas y que considera el archivo de una causa o la absolución de un imputado como una derrota.
Bien, la mayoría
Por suerte (hay que ver con qué poco nos conformamos), esos jueces que instruyen sus diligencias o sumarios como si se tratase de asuntos personales o basados en apriorismos ideológicos son los menos (eso quiero pensar, a pesar de que el teniente fiscal del Supremo, Luis Navajas, acaba de decir que algunos colegas suyos están tan contaminados ideológicamente que no deberían ejercer. «Pero son los menos», me dice un fiscal de la Audiencia Nacional. En fin).
¿Y De la Mata?
No sé si debo situar en esa minoría al juez, José de la Mata. Me gustaría pensar que no. De hecho no tiene antecedentes. Todo lo contrario. Sin embargo, se observa ligereza (en lo formal y también, en consecuencia, en lo sustancial) en algunos quiebros procesales que, por acción u omisión, han partido de la pluma del magistrado en la investigación del llamado 'caso 3%'.
Quien suscribe no alberga duda alguna (y por deformación profesional, créanme, dudo de prácticamente todo), de que los 20 años de 'pujolismo' en Catalunya supusieron una forma encubierta de corrupción transversal, institucional, mezclada con una torticera perspectiva de la realidad, y todo ello entremezclado con vítores nacionalistas, arengas de apego y pertenencia a la tribu y de ensimismamiento social bien labrado y estratégicamente preconcebido.
Celebré, pues, que, tras la incisiva y arriesgada apuesta de unos fiscales Anticorrupción (los mismos fiscales que años antes no cayeron en la trampa de la policía patriótica que, en del marco del 'caso Palau', pretendía, sin pruebas, entrar como un elefante en una cacharrería en la sede de Convergència), un juez cogiera de una vez por todas, y por los cuernos, este asunto fétido —la corrupción en CDC—, envuelto por el celofán de la hipocresía política y que ha lastrado la credibilidad de todo un pueblo.
No vale todo
Pero llegado a este punto, no puede haber atajos. Ni supuestos (por intenso que sea el volumen con el que se difundan) que se eleven a la categoría de verdades indubitadas para justificar la evolución de una investigación judicial que, por definición, nunca deber de estar escrita de antemano. En términos jurídico-judiciales, el derrotero finalista de una verdad solo lo puede ser (solo lo debe ser) si ésta se acredita. No hay atajos, insisto.
Así, De la Mata, el 3 de octubre de 2018, encargó a la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) la emisión de dictámenes periciales de 31 concursos sospechosos de ser los «claros ejemplos» de los sobornos cometidos por el clan Pujol.
El día 12 de diciembre de 2018, el perito designado por la IGAE, Pedro Luis de Miguel, acepta el encargo. No es hasta el año siguiente, el 29 de septiembre de 2019, cuando el perito entrega el primer informe relativo a un concurso sospechoso, aunque de baja cuantía, sobre «la construcción del Centro Cívico Sant Fruitós del Bages».
El 11 de noviembre de 2019, el perito inicialmente designado cesa en el cargo y le sustituye Gregorio Rosano Saturnino.
Tres meses después, el 3 de febrero de 2020, el nuevo perito presenta un informe en el que explica que «objetivamente, en un horizonte temporal de un año, podría analizar y emitir el correspondiente informe de como máximo, dos contratos, por lo que el trabajo se dilataría durante años..., quedando a la espera de instrucciones por parte del juzgado…, …con las propuestas que se consideren oportunas». Es decir, el trabajo es ingente y pide ayuda.
El 21 de febrero de 2020, De la Mata dicta un auto de prórroga del plazo para instruir, fijándolo hasta el 23 de febrero de 2021, señalando, entre otros motivos, que es precisa «la revisión de la gestión de personas jurídico-privadas o públicas».
A todo esto, el 05 de marzo de 2020, el perito, De Miguel, pese a que había sido cesado, mantuvo el compromiso de entregar las periciales que tenía en marcha en el momento del cierre y entrega cuatro informes: «Construcción del Centro de Formación Baix Montseny-Sax Sala de Sant Celoni», «Gestión de servicios públicos de recogida de residuos y limpieza viaria Olot», «Obras del proyecto vasoexterior para usos lúdicos y adecuación del acceso a la piscina cubierta de Figueres» y «Obras del proyecto de ordenación del parque urbano de Can Xardó Lloret de Mar».
Sin datos acusatorios
Con solo una mínima parte de los informes periciales (indispensables para una fundamentada incriminación de los imputados), el 30 de julio de 2020, el magistrado cierra la instrucción y dicta auto de transformación a procedimiento abreviado. En ese momento, había recibido el informe pericial de cinco concursos de los 31 que señala en el auto como 'bajo sospecha', concursos sobre los que gira el sumario.
Los cinco expedientes analizados hacen referencia a cinco ayuntamientos pequeños. Se trata de concursos menores y los informes no acreditan que se haya beneficiado irregularmente a ningún licitador. Ni uno solo de los informes se refiere a concursos de la Generalitat, de Infraestructures de la Generalitat, de BIMSA o del Puerto de Barcelona. En el momento del cierre de la instrucción, el perito designado en noviembre de 2019 no ha presentado ni un solo informe. ¿Cómo se puede llevar a juicio a alguien con esta leve carga de prueba?
¿Quién controla a los jueces? ¿La prensa?
Solo me queda resoplar y no contener la ganas de explicarlo. Porque dar siempre el aprobado a lo que dicen o escriben los togados con manguitos punteados por la orfebrería del decoro institucional, no es necesariamente siempre lo acertado ni debe de ser automático. A esa conclusión he llegado tras más 30 años de oficio informando de la crónica judicial y policial.
Pedir un informe, no recibirlo, hacer ver que no pasa nada (¿entonces para qué se pidió?) o no hacer nada por ayudar a los peritos, en definitiva, no disponer de unas pruebas irrefutables con las que poner en cuclillas a los presuntos corruptos, nunca puede ser una cuestión irrelevante.
Impunidad judicial
Señorías si se pide algo es por algo y para algo. Si no hay o no puede haber respuesta, no hay conclusión solvente. Sin conclusión solvente, puede que no tenga sustento una argumentación incriminatoria y, en consecuencia, no podemos llevar a nadie a juicio por mucho que la cosa huela a basura, esperando, en todo caso, que si son culpables (como se anticipa) lo paguen y si no lo son, pues… ya se les absolverá.
«El uso de atajos, nos hace seres de una catadura similar a aquellos a los que debemos perseguir», me dijo un día un fiscal anticorrupción al que tengo por ser uno de mis grandes referentes cuando de lo que se trata es de discernir sobre eso que llamamos la dignidad.